El Gobierno plantea que los empleados de baja por cáncer, infarto o ictus puedan volver progresivamente al trabajo

Ava

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones estudia introducir un nuevo mecanismo que permita a los trabajadores que hayan sufrido enfermedades graves —como cáncer, infarto, ictus o traumatismos severos— volver al trabajo de forma progresiva tras recibir el alta médica. La propuesta forma parte de una reforma más amplia de los procesos de incapacidad temporal que el departamento dirigido por Elma Saiz está negociando con patronal y sindicatos.

Este lunes está prevista una nueva reunión en el marco del diálogo social para intentar acercar posturas en torno a un borrador que ya recoge los detalles principales del plan. La iniciativa busca facilitar el regreso a la actividad laboral tras procesos largos y complejos de recuperación, aunque no ha generado, por ahora, un entusiasmo claro entre los agentes sociales.

¿En qué consistiría el retorno progresivo?

La propuesta contempla que los trabajadores que hayan estado de baja al menos 180 días —aproximadamente seis meses— por determinadas patologías graves puedan reincorporarse gradualmente a su puesto.

Entre las enfermedades incluidas figuran:

  • Procesos oncológicos (cáncer)
  • Patologías isquémicas cardíacas (como el infarto)
  • Accidentes cerebrovasculares (ictus)
  • Traumatismos graves, incluidas situaciones posteriores a trasplantes

El mecanismo estaría dirigido tanto a empleados con contrato indefinido como temporal. En el caso de los contratos de duración determinada, estos se prorrogarían durante el tiempo que dure el proceso de reincorporación hasta alcanzar nuevamente el 100% de la jornada.

El retorno progresivo se aplicaría a trabajadores a tiempo completo o parcial, siempre que su jornada habitual sea igual o superior al 80%.

Duración y condiciones económicas

Según el borrador, el periodo máximo de reincorporación progresiva sería de un mes, aunque la duración concreta la determinaría el médico del sistema público de salud. Durante ese tiempo, el trabajador desempeñaría su labor con una jornada reducida.

El porcentaje exacto de reducción horaria deberá acordarse entre la empresa y el empleado dentro de su jornada ordinaria. Si no hubiera acuerdo, el trabajador podría acudir a la jurisdicción social para resolver el conflicto. Además, los convenios colectivos sectoriales podrían establecer criterios específicos para concretar estos ajustes.

En cuanto a la retribución, el planteamiento actual establece un reparto: la empresa asumiría el pago del 50% del salario correspondiente a la jornada reducida, mientras que la otra mitad correría a cargo de la Seguridad Social mediante el subsidio derivado del proceso de incapacidad temporal.

El ministerio prevé revisar estas condiciones un año después de la entrada en vigor del modelo, con la posibilidad de modificar reglamentariamente tanto el porcentaje de jornada como la cuantía del subsidio en función de los resultados obtenidos.

Un observatorio para analizar las bajas médicas

La reforma se enmarca en un debate más amplio sobre la evolución de las incapacidades temporales en España. El secretario de Estado de Seguridad Social, Borja Suárez, anunció recientemente la creación de un observatorio que monitorizará la evolución de las bajas médicas, con participación de patronal y sindicatos.

Uno de los objetivos de este organismo será evaluar qué otras patologías podrían incorporarse en el futuro al sistema de reincorporación progresiva. No obstante, la decisión final sobre ampliar el listado de enfermedades quedaría en manos del Gobierno.

El debate se ha intensificado tras la publicación de un informe de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), presidida por Cristina Herrero, que analizó la incidencia, duración y distribución de las bajas laborales en España. En su diagnóstico, el organismo alertó sobre deficiencias en el control inicial de algunos procesos, lo que, a su juicio, contribuye a la cronificación de dolencias y a la presión sobre el sistema.

Cambios en la gestión de la incapacidad temporal

Además del retorno progresivo, la reforma contempla ajustes en la gestión de las bajas de larga duración. Uno de los cambios planteados permitiría que las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social puedan formular, en cualquier momento, una propuesta de alta acompañada de una sugerencia de incapacidad permanente.

Actualmente, para que se evalúe la posible incapacidad permanente suele esperarse a superar los 365 días de baja. Con la modificación propuesta, ese paso podría adelantarse si existen indicios claros de que la dolencia no permitirá la recuperación plena del trabajador.

Un debate abierto y sin mayorías claras

La reforma no entraría en vigor de forma inmediata y aún debe superar tanto el consenso en la mesa de diálogo social como el trámite parlamentario, donde el Gobierno no cuenta con mayorías sólidas.

Mientras el Ejecutivo defiende que la medida busca apoyar a quienes han superado enfermedades graves y facilitar su vuelta a la normalidad laboral, patronal y sindicatos mantienen reservas sobre su aplicación práctica y el reparto de costes.

El resultado final dependerá de las negociaciones en curso, pero el debate refleja la creciente preocupación por la evolución de las bajas médicas y la sostenibilidad del sistema de protección social en un contexto de aumento de procesos prolongados, especialmente en el ámbito de la salud mental.

Moorie

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